ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR

ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR 2020-21

NORMATIVA, DOCUMENTOS Y LEGISLACIÓN

 ¿QUÉ ES EL CONSEJO ESCOLAR?

 Es un órgano de gobierno que ha de constituirse en todos los colegios y en el que están representados todos los grupos que participan en la actividad educativa: profesores, padres, personal de administración y servicios, y representantes municipales.

SUS PRINCIPALES FUNCIONES

  • a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título V de la presente Ley orgánica (Proyecto Educativo de Centro, Régimen de Reglamento Interno y Programación General Anual).

    b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

    c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

    d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

    e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

    f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

    g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

    h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

    i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

    j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

    k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

    l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

 COMPONENTES DEL CONSEJO ESCOLAR

  • El Director del centro, que ejerce como presidente.
  • El Jefe de Estudios.
  • 5 representantes de los profesores/as.(se eligen tres en esta convocatoria)
  • 4 representantes de los padres y madres  de los alumnos.(se eligen dos en esta convocatoria)
  • 1 representante deal AMPA del centro
  • 1 representante del Ayuntamiento.
  • La Secretaria del centro, con voz pero sin voto.
  • 1 representante personal Administración y Servicios.
CALENDARIO ELECTORAL

Constitución de la JUNTA ELECTORAL y aprobación del Censo: 21 de octubre.

La Junta Electoral está constituida por la directora, un profesor y una madre de alumno.

Censo electoral:

- Publicación del censo y periodo de reclamaciones. 21 de octubre

El censo fue enviado a las familias a través de Dinantia

- Resolución definitiva del censo el 30 de octubre.

 Candidaturas

 - La PRESENTACIÓN de CANDIDATURAS a miembros del Consejo pueden ser presentadas por escrito dirigido a la Junta Electoral desde el 21 hasta el 30 de octubre (inclusive), de acuerdo con un modelo establecido a su disposición en la secretaría.

 - Las listas PROVISIONALES se harán públicas el 5 de noviembre, abriéndose un periodo de RECLAMACIONES hasta el 9 de noviembre.

 - Las listas DEFINITIVAS DE CANDIDATOS se harán públicas el día 10 de noviembre.

 Elecciones padres y madres

 - EL SORTEO de la Mesa Electoral se realizará el 12 de noviembre de entre los miembros del Censo excluyendo a los candidatos.

 - La MESA ELECTORAL será constituida inmediatamente antes del comienzo de las votaciones, el 18 de noviembre, y estará formada por la presidenta y cuatro padres o tutores legales de alumnos.

 - La VOTACIÓN se realizará el 18 de NOVIEMBRE, MIÉRCOLES, en el vestíbulo de 9:10 a 10:00 y de 13:30 a 16:00h. - Será imprescindible presentar el DNI o documento acreditativo de la identidad. -

Para emitir el voto por correo la junta electoral facilitará, previamente a quienes lo soliciten, la documentación oportuna que recogerá en conserjería. También se podrá entregar el voto personalmente en la secretaría antes del día de las votaciones. Se utilizará el sistema de doble sobre para garantizar el secreto de voto y la identificación del elector.

Finalizadas las votaciones se procederá al escrutinio de los votos, que será público y una vez realizado se levantará acta y se PROCLAMARÁN los candidatos elegidos y suplentes.
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- CONSTITUCIÓN del Consejo Escolar: 25 de noviembre de 2020.
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